En el seno de una pareja es habitual que surjan discrepancias sobre el modo de educar y cuidar a los hijos pero estas diferencias suelen acrecentarse en el caso de progenitores separados y por eso es muy importante tener claro cómo deben adoptarse las decisiones que afecten a cuestiones relevantes de los menores como es el caso de la administración de la vacuna del covid o cualquier otra.

La decisión de vacunar o no a los menores, como todas las cuestiones médicas, forma parte de la esfera de la patria potestad y, por tanto, deberá ser tomada por ambos progenitores de común acuerdo con independencia de quién ostente la guarda y custodia, salvo que alguno de ellos haya sido privado de esa patria potestad o se haya acordado judicialmente que sea ejercida en exclusiva por un progenitor.

En caso de desacuerdo, ninguno de los progenitores puede imponer su criterio y deberá acudirse a la vía judicial a través de un procedimiento en el que, tras escuchar a las partes, el juez/a acordará cuál de los dos progenitores tomará la decisión sobre la vacunación.